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NOVEDADES RESPECTO DE LA PRESENTACIÓN TELEMATICA DE DETERMINADOS MODELOS TRIBUTARIOS

Normativa

NOVEDADES RESPECTO DE LA PRESENTACIÓN TELEMATICA DE DETERMINADOS MODELOS TRIBUTARIOS

Con fecha 10/10/2014 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/1846/2014, que introduce ciertas novedades respecto de los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.

Su aprobación tiene como finalidad facilitar y hacer más sencilla la presentación de declaraciones por vía electrónica. Las principales novedades introducidas por la referida Orden son:

1.- Se aprueba un nuevo sistema de presentación basado en el uso de certificados electrónicos reconocidos, alternativo al de firma electrónica avanzada, eliminando con ello ciertas operaciones que en la práctica se ha puesto de manifiesto resultaban técnicamente complejas.

2.- Se ha ampliado la posibilidad de utilizar el envío de un mensaje SMS como forma de presentación al modelo 190, correspondiente a entidades a las que sea de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la propiedad horizontal, siempre que no superen 15 registros.

En consecuencia se podrá realizar la presentación mediante el envío de un mensaje SMS para las declaraciones de los modelos 347, 190 correspondientes a comunidades de propietarios que incluyan hasta 15 registros y para el modelo 390, obtenidas mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Tributaria en su Sede Electrónica que cumplan los siguientes requisitos:

Declaraciones informativas

Límite nº registros

Período

347

(sólo para Comunidades de propietarios)

15

Desde 2013

190

(sólo para Comunidades de propietarios)

15

Desde 2014

390

Sin límite

Desde 2013


3.- Se ha eliminado la restricción que existía en cuanto al número de registros para la presentación de declaraciones informativas de personas físicas mediante el sistema de PIN24H.