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PLAZO PARA DEMANDAR LA IMPROCEDENCIA DE UN DESPIDO OBJETIVO

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Celink Tue, 05 Dec 2017 15:04:00 +0000
martes, 05 de diciembre de 2017

PLAZO PARA DEMANDAR LA IMPROCEDENCIA DE UN DESPIDO OBJETIVO

PLAZO PARA DEMANDAR LA IMPROCEDENCIA DE UN DESPIDO OBJETIVO
Tras la comunicación de despido objetivo el plazo para interponer demanda de despido improcedente es de 20 días hábiles.

Pero desde cuándo, esa es la duda que suele surgirnos, desde el preaviso o desde la fecha efectiva de la extinción.

El art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores, establece un plazo para interponer demanda de despido de 20 días hábiles contados desde la fecha de extinción del contrato de trabajo.


En el caso del despido por causas objetivas, o incluso por la finalización de un contrato temporal celebrado en fraude de ley, cuestión a analizar detenidamente, debido a que existe y se exige un plazo de preaviso obligatorio de 15 días a la fecha efectiva de extinción, el trabajador puede y dice la ley PUEDE, adelantar su acción desde que le es notificada la decisión por la Empresa, aún continuando trabajando en la misma (art. 121.1 LRJS), la percepción de la indemnización en el momento de entrega de la carta o incluso el uso del permiso para buscar trabajo, no enervan el ejercicio de la acción ni suponen conformidad a la decisión empresarial.

Sin embargo, el cómputo del plazo de 20 días para interponer demanda de despido solicitando su calificación de improcedencia, no se inicia hasta el momento en que se produzca dicha extinción y una vez agotado el preaviso establecido.

Les recordamos que para cualquier duda o consulta sobre asesoramiento laboral puede contactar con nosotros desde nuestra web o llamando al 963 529 900.